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Varios
lectores buscan información sobre el procedimiento por el
cual un turista que adquiere un cuadro en la Argentina puede
llevarlo al exterior sin tener inconveniente alguno en la
Aduana. Una lectora cuenta que "en el aeropuerto de Ezeiza,
a un familiar mío le exigieron un formulario especial, ya
que con la factura de la compra del cuadro no era suficiente
y no lo pudo llevar".
Efectivamente, para sacar del país obras u objetos de arte,
objetos de colección y antigüedades, se debe contar con una
licencia previa de exportación, que otorga la Dirección
Nacional de Artes Visuales, o con la autorización de la
Dirección Nacional de Museos, según corresponda. Es cierto
que las obras de arte originales, objetos de colección y
antigüedades gozan, para su circulación internacional, de
exenciones de los derechos de Aduana o franquicias, con la
finalidad de favorecer el intercambio artístico-cultural
entre las naciones. Sin embargo, para hacer esto posible sin
menoscabo del patrimonio artístico o histórico del país
(tráfico ilícito) es preciso que quien desee exportar tales
bienes u objetos cuente con la respectiva autorización para
la salida del país. En este sentido, la licencia de
exportación (de trámite gratuito) es el instrumento que
permite hacer uso del beneficio dispuesto por la Ley 24.633
y, al mismo tiempo, contribuye a la protección del
patrimonio artístico nacional. Este formulario está
disponible en la pagina web de la Secretaría de Cultura de
la Nación (www.cultura.gov.ar).
Una vez llenado, el formulario debe presentarse en la
Dirección de Artes Visuales, organismo que evalúa la
solicitud y expide la respectiva licencia en un plazo que no
deberá exceder los diez días hábiles contados a partir de su
presentación, excepto que requiera informes periciales. Una
vez otorgada, la licencia tiene una validez es 120 días
desde la fecha de su solicitud, para sacar el bien del país.
La Dirección de Artes Visuales está ubicada en Alsina 1169,
Piso 1°, Capital, y atienden de 10 a 16. El teléfono es:
4381-6656 int. 154 y 155;
artesvisuales@correocultura.gov.ar.
El trámite prosigue en la Secretaría de Cultura, Av. Alvear
1690, de 10 a 16 horas.
Una aclaración: la ley 24.633 sobre Circulación
Internacional de Obras de Arte sostiene que no están
comprendidas las copias, réplicas o reproducciones de obras
de arte; las tallas en coral, marfil u otros materiales de
lujo, ni las realizaciones artísticas a mano sobre piezas
provenientes de procedimientos industriales en serie. Es
decir: si alguien compró un retrato callejero en La Boca, no
deberá hacer este trámite.
Más allá de las obras de arte sin licencia, hay un lista de
lo que no se puede llevar ni ingresar como equipaje sin el
permiso especial. A saber: mercadería con finalidad
comercial; mercadería prohibida por razones de seguridad
pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal o
vegetal, protección al patrimonio arqueológico,
paleontológico o científico o conservación de las especies
animales o vegetales, salvo que cuente con autorización
expresa emitida por la autoridad competente.
Nora Vera. Diario Clarín. |